Los afectados pueden reclamar que les sean devueltas las cantidades entregadas a cuenta Un reciente auto del Juzgado de Primera Instancia número 13 de Barcelona ha condenado a una entidad aseguradora a devolver a los compradores de varios inmuebles las cantidades que entregaron como anticipo del precio de las vivienda, más los intereses legales correspondientes. Los compradores habían firmado un contrato en el que se especificaba como fecha de inicio de las obras la primavera de 2007. Sin embargo, el inicio no se produjo efectivamente hasta junio de 2008.Este auto es pionero ya que, si bien las demandas por la demora en la entrega de las viviendas son habituales, en esta ocasión, el fallo se produce por retrasos en el inicio.Se da así respuesta a una situación que empieza a ser habitual en el sector, como es el retraso en el inicio de la construcción de pisos, origen también de muchas de las reclamaciones en materia de vivienda que llegan a las asociaciones de consumidores.