El pasado mes de octubre se aprobó por el Congreso de los Diputados. La reforma se ha realizado con el fin de evitar la impunidad de algunos infractores y conseguir que entre infracción y sanción transcurra el menor tiempo posible. Como novedades más significativas cabe reseñar las siguientes:- Desaparece la suspensión temporal del permiso de conducción como sanción.- Se fija la cuantía de las sanciones. Las leves costarán hasta 100 euros, las graves hasta 200, y las infracciones muy graves hasta 500 euros.- Surgen infracciones nuevas: como la de "programar el navegador conduciendo". También se tipifica como muy grave la conducción con aparatos que inhiban o interfieran los radares.- Aumento del 30 % hasta el 50 % el descuento por pronto pago de la multa.- Se sustituye el domicilio físico por el electrónico (Dirección Electrónica Vial) de forma obligatoria para las empresas titulares de vehículos, y voluntaria para las personas físicas. De forma que la notificación electrónica tendrá efectos legales.- Reducción del plazo de la prescripción de las infracciones graves y muy graves de doce a seis meses.Además, con el objetivo de evitar la impunidad, la nueva ley establece varias medidas para aquellos infractores que no paguen al final del procedimiento sancionador: se amplía de uno a cuatro años el periodo que tiene la Administración para exigir el importe de la multa no abonada, y se establece la responsabilidad subsidiaria del titular, para las multas que no sean pagadas por el conductor.